lunes, 11 de diciembre de 2017

Ley Anti-Herejía



Ley N°8: Ley Anti-Herejía.
Artículo 1: Establézcase que todo aquel católico que siga la secta del Vaticano II es un hereje.
Artículo 2: Establézcase que todo aquel católico que crea en el bautismo de deseo, bautismo de sangre o salvación por ignorancia invencible, es un hereje.
Artículo 3: Establézcase que todo hereje, será condenado a rezar mil Padres Nuestros y dos mil Aves Marías, más dos Santos Rosarios, además de ser azotado en plaza pública, con entre diez a cincuenta latigazos, según estime Juez competente, con el asesoramiento de un Reverendo Padre de la Santa Madre Iglesia Católica, fuera de la cual creemos firmísimamente que nadie puede salvarse.

martes, 14 de noviembre de 2017

Ley de Guerra



Ley N°7: Ley de Guerra.
Artículo único: Establézcase que el Estado Católico y Apostólico del Reino Bigaláctico de Ecomusia está en guerra contra la República Galáctica de la Mermelada y seguirá en la misma, hasta que el bloque reptiliano gane o muera en el intento.  

jueves, 2 de noviembre de 2017

Día de los Fieles Difuntos



Ley N°6:
Artículo único: Establézcase el Día de los Fieles Difuntos como feriado nacional, junto con el día de la Independencia, que es el 6 de febrero.

martes, 31 de octubre de 2017

Ley Anti-Halloween

Ley N°5: 
Artículo único: Prohíbase en todo el territorio nacional, la celebración de la fiesta satánica de Halloween. Quien contravenga esta norma, será colocado en prisión de entre dos a cuatro meses, según considere Juez competente. 


martes, 24 de octubre de 2017

Se aprueba la Ley de Religión en el Estado



Ley N°4: Ley de Religión.
Artículo 1: Corrobórese que la religión oficial del Estado es la católica-apostólica-romana verdadera.
Artículo 2: La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana Verdadera tendrá todo el poder de decidir sus propios estatutos, estando siempre unida al Estado.
Artículo 3: La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana Verdadera será la única iglesia libre de pagar impuestos, en el Estado Católico.
Artículo 4: Se permiten otras religiones en el ámbito privado, siempre que las mismas paguen el Santo Diezmo a la Iglesia Católica, y no atenten en contra del orden, seguridad y libertad del Estado, prohibiéndose la religión judía y la islámica de forma completa.
Artículo 5: Asimismo estarán prohibidas todas las religiones satánicas, sólo permitiéndose religiones cristianas y paganas, pero pacíficas que no practiquen sacrificios humanos ni animales.

martes, 17 de octubre de 2017

Se sancionan las leyes fundamentales del Reino



Ley N°1:
Artículo único: Declárese la independencia del Estado Católico y Apostólico del Reino Bigaláctico de Ecomusia, con respecto a cualquier poder extranjero del universo, declarándose un reino autónomo, libre, independiente y soberano, y constatándose que esa independencia fue proclamada el día 6 de febrero de 2016. 

Ley N°2:
Artículo único: Por mientras no se sancionen las nuevas leyes del Estado, se seguirán obedeciendo firmemente las antiguas leyes coloniales de Ecomusia, teniéndose como Constitución a la Santa Biblia y como idioma oficial el español.

Ley N°3:
Artículo único: Queda abolida la esclavitud en todo el territorio del Estado Católico y Apostólico del Reino Bigaláctico de Ecomusia, quedando así, todo esclavo extranjero que pise el territorio ecomusiano, declarado como libre por ese mero hecho. 
Rey D. Doríforo II de Ecomusia. 

lunes, 9 de octubre de 2017

El Rey Doríforo II de Ecomusia continúa negociando arduamente su ingreso a la OMU

Informamos que el Rey Doríforo II de Ecomusia continúa negociando arduamente su ingreso a la OMU; al parecer ha sido más difícil de lo esperado poder ingresar a dicha organización, para que Ecomusia sea reconocida formalmente por una organización seria como la OMU, como un estado soberano e independiente, de acuerdo al derecho de autodeterminación de los pueblos, consagrado en la Convención de Montevideo.