Ley N°34: Ley Anti-vacíos legales.
Artículo
único: Para todo vacío legal que pudiera
existir en la legislación ecomusiana, el mismo se llenará, además de con la
Santa Biblia que es nuestra Constitución, siguiendo el espíritu normativo y
legal de las siguientes normas:
1. El
Derecho colonial copusiano (las cinco Leyes Fundamentales de COPVS, entre 2010
y 2018).
2. El
Cuerpo de Derecho Canónico (1140-1503).
3. La
Ley Sálica francesa (siglo V).
4. La
Recopilación de las Leyes de Indias (1680).
5. Y
las leyes uruguayas hasta la número 18.407 (2008).
No hay comentarios:
Publicar un comentario