martes, 24 de octubre de 2017

Se aprueba la Ley de Religión en el Estado



Ley N°4: Ley de Religión.
Artículo 1: Corrobórese que la religión oficial del Estado es la católica-apostólica-romana verdadera.
Artículo 2: La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana Verdadera tendrá todo el poder de decidir sus propios estatutos, estando siempre unida al Estado.
Artículo 3: La Santa Iglesia Católica Apostólica Romana Verdadera será la única iglesia libre de pagar impuestos, en el Estado Católico.
Artículo 4: Se permiten otras religiones en el ámbito privado, siempre que las mismas paguen el Santo Diezmo a la Iglesia Católica, y no atenten en contra del orden, seguridad y libertad del Estado, prohibiéndose la religión judía y la islámica de forma completa.
Artículo 5: Asimismo estarán prohibidas todas las religiones satánicas, sólo permitiéndose religiones cristianas y paganas, pero pacíficas que no practiquen sacrificios humanos ni animales.

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